Comisión aprobó cambios para el transporte de concentrado

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La Comisión de Minería de la Cámara de Diputados despachó ayer el proyecto de ley que busca modificar la ley de bases del medio ambiente para someter el transporte, recepción, acopio y embarque de concentrados de minerales al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

La iniciativa establece además nuevas normas para el desarrollo de esas actividades, tales como hermeticidad en el transporte y por tanto avanza en eliminar los camiones encarpados.

Para la diputada Paulina Núñez -autora de este proyecto junto al diputado Marcos Espinosa- «este es un paso importante y concreto en el cuidado del medio ambiente y la salud de las personas. Hoy existe la tecnología lo que falta es la voluntad y que las empresas se metan la mano al bolsillo», dijo.

Este proyecto resguarda a los pequeños y medianos mineros sólo hasta que transporten a los puntos de compra de la Enami.

Según explicó la legisladora, durante la próxima semana se dará cuenta en la sala de la Cámara de Diputados y las expectativas de los parlamentarios es que pueda convertirse en ley durante este año.

Debate

Para finalizar, Núñez aseguró que «no existe debate, porque si no se ha avanzado en forma voluntaria, en algo que pudiera ser una cuestión de responsabilidad de las compañías, menos se quiere que esto quede regulado, pero hoy es urgente y necesario y lo vamos a aprobar».

Sin embargo, esta iniciativa encontró reparos en gremios mineros como Sonami. El director de la entidad, Francisco Costabal, aseguró ante la Comisión de Minería que se trata de un proyecto «innecesario».

Según el representante gremial «se trata de una actividad regulada, existiendo distintos instrumentos vigentes para abordarla».

Costabal sostuvo que «las actividades que se pretenden someter al SEIA en la propuesta legislativa ya se encuentran efectivamente reguladas, por las disposiciones de la Ley N° 19.300 y del Reglamento SEIA, por lo cual no resulta pertinente realizar las modificaciones legales propuestas».

Agregó que lo mismo ocurre con «la recepción, acopio y embarque de minerales, los cuales se someten al SEIA por ser instalaciones contempladas al interior de un puerto, obra que ingresa al SEIA de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 letra f) de la Ley N°19.300».

Fuente: El Mercurio Antofagasta