Este mes, los abogados que representan a la Empresa Nacional del Petróleo (Enap) y al dueño y armador del buque tanque «PGC Ikaros Nassau» dieron respuesta a la demanda por indemnización de perjuicios que interpuso el abogado Harry Andrés Jerez Díaz en representación de 259 personas que habrían sufrido daño en el ejercicio de su negocio -pescadería, ventas de jaibas, buzos, fileteros y artesanos-, debido al derrame de Slurry Oil (aceite decantado) en el terminal multicrudo de la estatal, ocurrido el 14 de mayo de este año.
La causa está en plena tramitación en la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
En la presentación de la demanda, Jerez asegura que ambas empresas serían responsables del vertimiento «más de 1.000 litros de aceite decantado», «provocando de esta forma una nueva grave contaminación en la bahía de Quintero». Esto porque, de acuerdo a lo que establece el escrito, Enap conocía las condiciones climáticas adversas al realizar la maniobra que terminó en el incidente.
«El capitán de puerto de Quintero, Sebastián Sepúlveda, entregó a Enap el mismo 13 de mayo (cuando comenzó la operación del ‘Ikaros’ de trasvasije) información sobre las eventuales consecuencias climáticas adversas que se generarían el 14 de mayo. No obstante dicha información, se decidió por las empresas involucradas iniciar la carga», precisa la demanda.
El incidente, precisa el libelo ingresado por el profesional, alude al jefe de operaciones de la Refinería Aconcagua, Edmundo Piraíno, a quien le atribuye la explicación de que el incidente ocurrió debido a la ruptura entre la unión del terminal rígido, que es una cañería metálica, y el flexible de 12 pulgadas.
En su respuesta, Enap consigna que «dejamos constancia que para todos los efectos sustantivos y procesales, refutamos y controvertimos todos y cada uno de los hechos en que se funda la demanda, puesto que no reconocemos la forma en que se señala habían sucedido, o bien, porque no nos consta su veracidad».
Respuesta de Enap
En el documento emanado por los abogados Eduardo Alejandro Ramírez Sauterel y Javier Ignacio Fernández Carrera, en representación de Enap Refinería, se informa que «entre el día 13 y 16 de mayo jamás existió una prohibición de atraque u operación de buques en el terminal marítimo de Quintero que haya emanado de la Autoridad Marítima o de cualquier otra Autoridad Pública».
Los juristas cuestionan la cantidad de aceite vertido que precisa el demandante en su acción judicial y aclaran que esto deberá ser comprobado.
También refutan la factibilidad del perjuicio que los demandantes aseguran provocó el derrame en las 259 personas que suscriben la demanda y aseguran que «nunca hubo una prohibición de pesca por parte de la Autoridad Marítima a causa del incidente ocurrido en mayo del 2016».
Y agregan que si lo anterior «fuera probado, de cualquier modo debería acreditarse la existencia (del perjuicio)».
Sobre qué habría ocurrido el 13 y 14 de mayo afirman que realmente la maniobra comenzó el día 13 «sin problema alguno y se desarrollaron normalmente hasta el mediodía del 14 de mayo. Pasadas las 13 horas del 14 de mayo, el viento normal existente en la bahía de Quintero se incrementó de manera veloz e intempestiva, de 10 a 13 nudos. El aumento del viento fue realmente irresistible y obligó a interrumpir la faena».
Las espías, precisan en la contestación de la demanda, «si no resistieron, significa que no estaban debidamente mantenidas o reparadas». Las espías, afirman, «fueron provistas por el buque».
Además, dan cuenta que la contaminación existía antes de los hechos acaecidos y que la estatal tomó todas las medidas de emergencia ante el evento.
Respuesta del «ikaros»
En tanto, el abogado Leslie Tomasello Weitz, en representación del buque tanque «Ikaros», expresa en el documento de contestación a la demanda interpuesta contra su representado que «categóricamente, el hidrocarburo se derramó desde la propiedad de Enap y, por consiguiente, no se originó ni se estuvo en momento alguno a borde de la nave B/T ‘PGC Ikaros'».
Sobre la maniobra indica que «el 13 de mayo se efectuó la faena de conexión de la línea de transferencia o ‘flexible’, que es el elemento de Enap que conecta la línea o cañería fija que se interna el mar a las naves desde y hacia las cuales se transfieren los productos».
Y agrega que «a las 21:00 horas del 13 de mayo, existiendo un informe de tiempo de la Autoridad Marítima de ‘Condición de Tiempo Variable’, se inició el proceso de carga de aceite decantado desde el Terminal Multicrudo a la nave».
Según la respuesta del «Ikaros», «toda la responsabilidad debe recaer sobre Enap» porque el derrame «provino de un elemento de esta».
«Entre el día 13 y 16 de mayo jamás existió una prohibición de atraque u operación de buques en el terminal marítimo de Quintero que haya emanado de la Autoridad Marítima», Respuesta de Enap»
«El 13 de mayo, existiendo un informe de tiempo de la Autoridad Marítima de ‘Condición de Tiempo Variable’, se inició el proceso de carga de aceite decantado», Respuesta de «Ikaros»
Fuente: El Mercurio de Valparaíso
Detalles de las respuestas de Enap y empresa a cargo de buque a demanda tras último derrame https://t.co/5V6HrCPz4a https://t.co/8B1NcmRdXm