Se estandarizará la información sobre exportaciones de servicios mediante un sistema de codificación internacional que reemplace la actual codificación de Aduanas. Hoy Aduanas utiliza una codificación creada internamente que no está basada en el estándar internacional y con una orden que no siempre tiene relación entre un servicio y otro.
Se simplificarán los trámites para los envíos de servicios, con un formulario especial en el Sistema Integrado de Comercio Exterior (Sicex) y la solicitud electrónica para calificación de exportaciones ante Aduanas. Hoy, cuando un prestador de servicios quiere comenzar a exportar debe solicitar en primer lugar la calificación de su actividad como exportación a través de Aduanas. El modo de operar habitual era la solicitud de calificación vía manual, con lo que la medida mejorará el tiempo de trámite para comenzar a exportar.
Ampliar la definición de los servicios de exportación para que más servicios accedan a la exención del IVA cuando se exporte. Hoy, solo pueden eximirse del IVA los servicios que se prestan íntegramente desde Chile y no exportaciones que requieren desplazamiento de personal de la empresa al exterior. Con esto, transacciones que requieren, en su totalidad o en parte, ser prestadas en destino podrán eximirse del IVA.
Establecer mecanismos para evitar la doble tributación, permitiendo que todos los exportadores de servicios -más allá de asesorías técnicas y prestaciones similares- accedan al beneficio de imputar como crédito los impuestos directos pagados en el exterior. Si hoy se paga un tributo por una asesoría en el exterior, este se descuenta como crédito de los impuestos finales pagados en Chile. Esto se realizará vía cambio legal.
Se elimina el incremento del impuesto adicional al software y a los servicios de ingeniería pagados a empresas relacionadas en el exterior. Hoy el impuesto es de 15% pero sube a 30% en el caso de que el receptor del pago sea una empresa relacionada. Se le aplicarán las normas de precios de transferencia aprobados en la reforma tributaria. Esto se realizará vía cambio legal.
Se amplía la exención del impuesto adicional a las sumas pagadas al exterior por trabajos y servicios de ingeniería, siempre que sean utilizados para una exportación de bienes o servicios desde Chile. Hoy, las sumas pagadas al exterior por trabajos y servicios de ingeniería pagan un tributo de 15%, aun cuando estos servicios contratados sean insumos para una exportación realizada posteriormente desde Chile. Esto se realizará vía ley.
Permitir el establecimiento de almacenes extra portuarios de menor tamaño para facilitar el flujo de comercio exterior.
Crear una plataforma electrónica que contenga información sobre regulación y procedimientos de exportación de servicios, además de mecanismos de apoyo y promoción.
Facilitar el movimiento de personas y reconocimiento mutuo de títulos para la prestación de servicios de los exportadores en la Alianza del Pacífico (Chile, Perú, Colombia y México).
Adaptar los mecanismos de financiamiento y promoción de Corfo a la realidad de los exportadores de servicios.
Fuente: Diario Financiero
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