El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado recientemente el Reglamento Delegado (UE) 2016/2072 de la Comisión Europea, de 22 de septiembre de 2016, sobre las actividades de verificación y la acreditación de verificadores, con arreglo al Reglamento (UE) 2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de dióxido de carbono generadas por el transporte marítimo.
El Reglamento establece disposiciones relativas a la evaluación de los planes de seguimiento y a la verificación de los informes de emisiones. Asimismo, establece requisitos en cuanto a competencias y procedimientos.
Por otro lado, también establece normas sobre la acreditación y supervisión de los verificadores por parte de los organismos nacionales de acreditación con arreglo al Reglamento (CE) 765/2008.
El hecho de que la verificación se lleve a cabo por verificadores independientes y competentes tiene como fin asegurar que los datos comunicados son sólidos y fiables.
Según la Comisión, el sistema de verificación y acreditación debe evitar toda duplicación innecesaria de los procedimientos y de las organizaciones establecidas de conformidad con otros instrumentos legislativos de la Unión, ya que podría traducirse en un aumento de la carga para los Estados miembros o los operadores económicos.
Fuente: Cadena de Suministro